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El Gobierno Nacional estableció una nueva escala para el Salario Mínimo, Vital y Móvil, con incrementos progresivos que se aplicarán durante los próximos meses. La medida alcanza a los trabajadores que cumplen con la jornada legal completa.

La decisión se tomó después de que empleadores y representantes sindicales no llegaran a un acuerdo durante la reunión del viernes 28 de agosto.

 

De esta manera, el Salario Mínimo, Vital y Móvil será de $383.800 mensuales desde el 1° de septiembre de 2026 y tendrá aumentos escalonados durante ocho meses, hasta alcanzar los $437.000 en abril de 2027.

La decisión quedó formalizada mediante la resolución 4/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

La medida alcanza a los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y las entidades y organismos del Estado nacional que actúen como empleadores.

Para quienes estén contratados con jornadas inferiores a la legal, el salario deberá abonarse en la proporción correspondiente.

Cuánto será el salario mínimo desde septiembre de 2026

La resolución estableció ocho subas mensuales consecutivas para el Salario Mínimo, Vital y Móvil:

  • Septiembre de 2026: $383.800 mensuales y $1919 por hora.
  • Octubre de 2026: $391.200 mensuales y $1956 por hora.
  • Noviembre de 2026: $398.800 mensuales y $1994 por hora.
  • Diciembre de 2026: $406.400 mensuales y $2032 por hora.
  • Enero de 2027: $414.200 mensuales y $2071 por hora.
  • Febrero de 2027: $422.000 mensuales y $2110 por hora.
  • Marzo de 2027: $429.600 mensuales y $2148 por hora.
  • Abril de 2027: $437.000 mensuales y $2185 por hora.

Los valores mensuales corresponden a trabajadores que cumplen la jornada legal completa, mientras que los montos horarios se aplican a los trabajadores jornalizados.

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La decisión fue adoptada luego de la convocatoria del Consejo del Salario del 28 de agosto. De acuerdo con los fundamentos de la resolución, tras un “extenso intercambio de opiniones” no se consiguió alcanzar un acuerdo.

Ante esa situación, la normativa establece que corresponde dictar un laudo para determinar los nuevos valores.

Cómo queda la prestación por desempleo con el nuevo salario mínimo

La resolución también mantuvo la fórmula utilizada para calcular la Prestación por Desempleo.

El beneficio será equivalente al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual que haya recibido el trabajador durante los seis meses anteriores al cese del contrato laboral.

Además, se establecieron dos límites directamente vinculados al Salario Mínimo, Vital y Móvil:

  • La prestación no podrá ser inferior al 50% del salario mínimo vigente.
  • Tampoco podrá superar el 100% de ese valor.

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De esta manera, los pisos y techos de la prestación por desempleo se actualizarán automáticamente a medida que entren en vigencia los distintos valores fijados entre septiembre de 2026 y abril de 2027.

Qué pasó en el Consejo del Salario

El laudo del Ejecutivo llegó luego de que la reunión del Consejo del Salario, convocada para el viernes pasado, se levantara sin acuerdo.

La CGT y las dos CTA rechazaron la propuesta empresaria, que ofrecía un 1,8% para septiembre y 1,7% para los meses siguientes hasta abril, y se retiraron del encuentro virtual.

El Consejo del Salario es el ámbito donde dialogan representantes de los trabajadores, los empleadores, el Estado nacional y los gobiernos provinciales para fijar ese piso salarial.

Ante la falta de consenso, quedó nuevamente en manos del Poder Ejecutivo definir la actualización tal como había ocurrido el año pasado, cuando el Gobierno resolvió por laudo un alza en diez tramos.

Autor: admin